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Al finalizar el año, los trabajadores en México tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Inicialmente, el aguinaldo era solo una gratificación que algunos patrones otorgaban voluntariamente a los empleados para la celebración de las fiestas navideñas. Sin embargo, el beneficio se convirtió en una prestación laboral a partir de 1970 y desde entonces se han establecido las pautas para su disposición.¿Quiénes tienen derecho a la prestación?El pago del aguinaldo les corresponde a los trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, por obra o por tiempo determinado. Asimismo, los trabajadores temporales o sujetos a prueba, agentes de comercio, comisionistas, agentes de seguro y vendedores, tienen derecho a la prestación. En general, es una prestación laboral para toda persona que preste sus servicios de manera subordinada ante un patrón, y cuya relación laboral se rija por la Ley Federal del Trabajo.Más informaciónCuántos días corresponden de aguinaldoEl pago del aguinaldo corresponde a —por lo menos— 15 días del salario que recibe un trabajador por un año de servicio. Las personas que han laborado durante menos de un año, tienen derecho al pago de una parte proporcional.La dispersión del aguinaldo siempre genera impuestos, a menos que el pago sea inferior al equivalente de 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, a 3.300,53 pesos.¿Cómo va la iniciativa para aumentar a 30 días el pago de aguinaldo?La reforma para aumentar el pago de aguinaldo de 15 a 30 días se mantiene en discusión. El pasado mes de febrero, la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado mexicano aprobó un dictamen para elevar esta prestación, lo que desató diversas críticas por parte del empresariado. La iniciativa fue aplazada debido a las elecciones mexicanas a inicios de junio, y todavía no hay una fecha definitiva para su aprobación.Para que la iniciativa se apruebe, es necesario que pase por una discusión en la Cámara de Diputados, que tras una revisión por parte de la comisión de trabajo, enviaría el documento al Pleno para su obtener visto bueno. En caso de aprobar el dictamen, el documento se enviaría al Senado para su aprobación. Por último, al superar este punto, la propuesta se enviaría a la presidenta Claudia Sheinbaum para su aprobación final y la reforma entraría en vigor al publicarse en el Diario Oficial de la Federación.La fecha límite para el pago del aguinaldo en 2024El último día para recibir el aguinaldo es el viernes 20 de diciembre de 2024, según lo establecido por el artículo 87 de la LFT. Por ley, está prohibido pagarlo en especie, ya sea por medio de mercancías, vales, fichas o cualquier otra representación que pretenda sustituir la moneda en curso legal.La ley indica que se debe pagar en efectivo y en pesos mexicanos, sin embargo, con previo consentimiento del trabajador, es posible depositarlo en cuenta bancaria, tarjeta de débito o por transferencia. Si estas transacciones por medios alternativos generan algún costo adicional, este deberá ser cubierto por el patrón.Las multas a los patrones que no pagan el aguinaldo y cómo iniciar una demandaEl pago del aguinaldo es una prestación laboral amparada bajo la Ley Federal del Trabajo. Los patrones que no paguen el aguinaldo, lo otorguen incompleto o no lo depositen a tiempo, pueden hacerse acreedores a una multa por el equivalente de 50 a 5.000 UMAs. En 2024, este monto corresponde a sanciones que van de los 5.428,50 hasta los 542.850 pesos.Los trabajadores, los sindicatos y las confederaciones de empleados pueden denunciar estas violaciones a sus derechos laborales ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), y tienen un plazo de un año a partir del 20 de diciembre en caso de que esta prestación no les sea cubierta o se les pague de forma incompleta.Existen distintos canales para demandar el pago del aguinaldo:En el sitio web de orientación e información sobre igualdad y no discriminación en materia laboral, en www.gob.mx/profedet.En los teléfonos 01 80 07 17 29 42; 01 80 09 11 78 77 y 59 98 20 00.Por correo electrónico, en orientacionprofedet@stps.gob.mx.O de manera presencial en cualquiera de las oficinas de la Profedet ubicadas a lo largo del país.Por último, los trabajadores independientes o freelance también tienen derecho a recibir el aguinaldo, ya que la ley indica que esta prestación es obligatoria siempre que exista una relación laboral de subordinación comprobable con el patrón. Sin embargo, las dudas específicas para este rubro se deben expresar ante la Profedet para que la dependencia oriente y determine cuáles son los pasos a seguir.Suscríbase aquí a la newsletter de EL PAÍS México y reciba todas las claves informativas de la actualidad de este país

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