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El Instituto Nacional Electoral (INE) anunció que continuará con la organización de la elección judicial, luego que el Tribunal Electoral determinó que es constitucionalmente inviable suspender el desarrollo el proceso electoral judicial programado para el siguiente año.En un comunicado, el INE señaló que la resolución del magistrado ponente Felipe de la Mata Pizaña establece que es procedente la acción declarativa solicitada por el Instituto, mediante la cual pidió emitir un pronunciamiento tendente a garantizar el cumplimiento de sus funciones, “por lo que es constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales”.Es decir, que la organización del PEEPJF 2024-2025 debe continuar.Asimismo, el órgano electoral indicó que la resolución señala que no es materia de pronunciamiento ni de litis la validez, legalidad o eficacia de las actuaciones o resoluciones de suspensión emitidas por diversos jueces de amparo, por lo que esas determinaciones quedan intocadas en la sentencia.Añadió que dicha resolución trae claridad y certeza para que el INE cumpla con su función estatal de organizar elecciones y garantizar los derechos políticos electorales de las y los mexicanos.TEPJF: ‘constitucionalmente inviable’ suspender elección judicialEl TEJF declaró este miércoles “constitucionalmente inviable” frenar las elecciones al interior del Poder Judicial en junio de 2025 y dio luz verde al INE para seguir con la organización de los comicios.En sesión de este miércoles se aprobó la “acción declarativa solicitada por el Instituto Nacional Electoral”, luego de las decenas de suspensiones provisionales emitidas por el Poder Judicial.Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió como “procedente” la acción declarativa solicitada por el INE para continuar con la preparación de la próxima votación de ministros, jueces y magistrados.Your browser doesn’t support iframesA favor votaron la magistrada presidenta Mónica Soto Fregoso y los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña; en contra, Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón.Por lo tanto, la Sala determinó que los jueces emisores de los recursos no tienen competencia para resolver suspensiones en materia electoral.Esto, derivado de la consulta solicitado por el INE a la Sala Superior del TEPJF, para que resolviera si son o no aplicables las suspensiones de amparo a la autoridad electoral.

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